Las Secretarias Estaduales son las instancias organizativas responsables en aglutinar los socios en los Estados e Territorios del país, accionando como polos locales de difusión y de estruturación de las acciones de la entidad.
En el Estado donde no exista Secretaria Estadual organizada, donde no haya Dirección o no se haya desarrollado el proceso electoral en los términos descriptos en el Estatuto, la Dirección Nacional nombra una Comisión Provisoria cuyo mandato no podrá pasar los 8 (ocho) meses.
Son dirigidos como mínimo por un Secretario Estadual, un Secretario Adjunto y un Tesorero, electos de acuerdo con el Estatuto.